El problema de la doble imposición

Riesgos fiscales y opciones de planificación

Los casos sucesorios relacionados con Brasil han aumentado notablemente en la práctica jurídica desde hace años. Hay ciudadanos alemanes que residen de forma permanente en Brasil, ciudadanos brasileños que tienen su centro de vida en Alemania o patrimonios sucesorios que se encuentran en ambos países.

En estas situaciones transfronterizas existe un riesgo fiscal considerable:
Alemania y Brasil no tienen actualmente ningún convenio de doble imposición en materia de sucesiones.

Esto puede dar lugar a una carga múltiple considerable sobre el mismo patrimonio.

El siguiente artículo explica:

  • cuándo y por qué se produce una doble imposición en los casos de sucesión germano-brasileña,

  • qué particularidades fiscales hay que tener en cuenta y

  • qué posibilidades de configuración y reducción existen tanto antes como después de que se produzca la sucesión.

¿Por qué existe el riesgo de doble imposición en las sucesiones relacionadas con Brasil?

Mientras que Alemania ha firmado acuerdos especiales en materia de impuesto de sucesiones con numerosos países —como Francia, Suiza o Estados Unidos—, no existe ningún acuerdo de este tipo con Brasil.

Esto da lugar a una tributación paralela en ambos países:

Alemania
grava, según el artículo 2 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones (ErbStG), la totalidad de las ganancias por causa de muerte cuando

  • el testador o

  • el heredero

era residente en el país en el momento de la sucesión.

Brasil
aplica a las sucesiones y donaciones el denominado

ITCMD – Impuesto sobre la transmisión por causa de muerte y las donaciones,

tan pronto como

  • los activos se encuentren en Brasil o

  • el testador tenía su residencia allí.

Conclusión:
El mismo patrimonio puede estar sujeto a tributación tanto en Alemania como en Brasil.

El ITCMD brasileño: resumen general

El ITCMD es un impuesto estatal. A diferencia de lo que ocurre en Alemania, no existe una normativa uniforme a nivel federal. Cada estado brasileño lo regula por su cuenta:

  • tipo impositivo

  • Base imponible

  • Desarrollo del procedimiento

Las condiciones generales típicas son:

  • Tipos impositivos entre el 2 % y el 8 %

  • Pago periódico antes de que finalice el procedimiento de inventario (inventário)

  • La base imponible suele ser el denominado «valor venal» (valor de mercado a efectos fiscales)

Importante:
El ITCMD no reduce las deducciones fiscales alemanas y no se deduce automáticamente. En un primer momento, supone una carga fiscal independiente.

Impuesto alemán sobre sucesiones a pesar de haber pagado ya el ITCMD

Aunque ya se haya abonado el ITCMD en Brasil, la Agencia Tributaria alemana aplica, por regla general, el impuesto de sucesiones sobre la totalidad de la adquisición.

No existe una exención fiscal total.

No obstante, el artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones (ErbStG) prevé una deducción limitada del impuesto sucesorio extranjero, siempre que:

  • que el impuesto se haya pagado efectivamente y

  • que corresponda al mismo activo.

En la práctica, esta normativa suele suponer únicamente un alivio parcial, pero no evita por completo la doble imposición.

Nota: En determinadas circunstancias, en Brasil puede producirse una liquidación tributaria a posteriori, por ejemplo, en el caso de reservas de usufructo sobre inmuebles que se extingan posteriormente, como ocurre con el usufructo de duración limitada o por fallecimiento del beneficiario. En este caso, debe analizarse con detalle en qué medida esta liquidación tributaria a posteriori puede aún hacerse valer en Alemania.

Reducción fiscal antes de que se produzca la sucesión

Las estrategias fiscales más eficaces suelen aplicarse en vida. Lamentablemente, esto rara vez se tiene en cuenta, lo que da lugar a una enorme carga fiscal que se podría evitar.

Las opciones de diseño son:

a) Donaciones en vida

  • Aprovechamiento de las deducciones fiscales alemanas
    (por ejemplo, 400 000 € por hijos cada diez años)

  • En Brasil también se aplica el ITCMD, aunque a menudo con una carga moderada.

  • La escalonación de las transmisiones patrimoniales reduce la progresividad fiscal global

b) Modelos de usufructo y de reserva de dominio

  • Transmisión de bienes inmuebles con reserva de usufructo

  • Reducción de la base imponible alemana

  • Reconocido en principio en Brasil, aunque su valoración varía según el estado federado

Es imprescindible una coordinación minuciosa entre ambos ordenamientos jurídicos.

c) Régimen matrimonial y planificación familiar

  • Aprovechamiento de los efectos del régimen matrimonial entre cónyuges

  • Adaptación de los testamentos existentes a la legislación alemana y brasileña

  • Evitar cambios no deseados en la legítima o en las cuotas hereditarias

d) Estructuración del patrimonio

  • Separación del patrimonio alemán y el brasileño

  • Análisis de soluciones en materia de derecho de sociedades (por ejemplo, estructuras de sociedades holding)

  • Examen simultáneo de los supuestos de salida del país y de abuso

Optimización fiscal tras la sucesión

Incluso tras el fallecimiento, a menudo sigue habiendo margen de maniobra relevante.

a) Valoración correcta de los activos brasileños

El valor catastral brasileño no es vinculante en Alemania.

Por lo tanto, son posibles

  • Reclamación de valores de mercado inferiores

  • Solicitud de (segundos) dictámenes periciales

  • repercusiones fiscales considerables, especialmente en el ámbito inmobiliario

b) Deducibilidad de los impuestos pagados en el extranjero (art. 21 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones)

Para ello es imprescindible contar con una documentación clara:

  • Justificantes de pago de la ITCMD

  • asignación clara a activos concretos

  • Cumplimiento de los plazos ante la Agencia Tributaria

c) Reparto de la herencia y segregaciones

  • Los acuerdos entre miembros de una misma familia pueden tener repercusiones fiscales

  • Sin embargo: ¡cuidado con las consecuencias adicionales en materia de impuesto sobre donaciones!

d) Aplazamiento y pago a plazos

En caso de falta de liquidez —especialmente en herencias con un elevado peso inmobiliario—, en Alemania se puede presentar una solicitud de

Aplazamiento o pago a plazos con arreglo al artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones (ErbStG)

se abonará. En primer lugar, se aplazará el pago del impuesto sin devengo de intereses; además, se permite el pago a plazos.

Conclusión: sin una planificación transfronteriza, se corre el riesgo de que se produzca una carga adicional considerable.

Las sucesiones que afectan a Alemania y Brasil son muy complejas desde el punto de vista fiscal. Si no se planifican con antelación, puede producirse una carga fiscal acumulada considerable que, en muchos casos, se habría podido evitar desde el punto de vista económico.

En particular, se requieren:

  • conocimientos sólidos tanto del régimen fiscal como del de sucesiones,

  • Experiencia en la aplicación práctica del ITCMD brasileño,

  • así como una estrecha coordinación entre el asesoramiento en materia de sucesiones y el asesoramiento fiscal.

Este artículo se ha publicado en una versión similar en Anwalt.de.

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Sucesiones germano-brasileñas: 5 errores habituales

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Renuncia a la herencia en Brasil